Partición en cumplimiento de sentencia dictada por Juez cura de San Juan de Moldes
Fecha: 1632, 8 de febreroLugar de otorgamiento: Castropol
Notario: Andrés Martínezz
Concejo: Concejo de Sueiro, hoy, Concejo de El Franco
Otorgantes: Hombres buenos del concejo Fernando Diaz de Cartavio, Pedro Fernánez de Mernies, y Pedro Martínez de Arancedo
Archivo: Archivo particular
H.40 VUELTO “BUAL”
FOLIO UNO ANVERSO
En el puerto de biabellas jurisdicción de
la vª y qº del Franco a ocho
días del mes de febrero deste año de mill
sseiscientos treinta y dos
adº ante mi Andrés Martínez escribano de nº comparecieron presentes Fdo
Díaz de Cartabio y Pº Fernández de Mernias
y Pº Martínez de Aran
cedo tercero, ombres buenos nombrados para 
las dichas partixas, y dejeron que desde
luego davan 
y dieron pronunciada la sentencia
y declaración se
gún de la manera que esta declarada y
firmada 
del Pº Juez cura de San Juan de Moldes y
de los dichos 
Pedro
Fernández y Fdo Diaz nonbrados y todas las demás dudas puedan
tener en estar rrazon y partixas las
dieron por de
claradas ssiendo para todo ello Lois Diaz
y Marcos 
Rodriguez de Ferrera y Bartolomé Martínez
de Braña de Sella,
vecino de este qº y del de Bual, y por más
abundamiento 
lo firmaron de ssus nonbres: Fernando Díaz
de Billar ante 
mi Andrés Martínez escribano, (una) notificación a once dias 
del mes de febrero de este año de mill
seiscientos treinta 
y dos a su ijo Sancho, doy fe, notifique el auto de cla
razion de ... fe asy declaradas por los
dichos 
Fernando
Diaz y Lope Fernández comparecer del licenciado Juº Gomez 
cura de San Juan de Moldes a Bartolomé
Fernández y Alº Fernández en 
ssus pna, los quales dixeron que lo oyan y
el dicho Bartolomé 
Fernández
dixo que pedía a mi el notario le de fe y testimonio
en (forma) como. rrequería Alonso
Fernández e nonbrasse contador
y donde no protestó nombrarlo de ssuplente el qual 
cego Fernando Díaz y Pº Martínez tercero
que estaban cesar las
cesar qra con acuerdo de assessor
arriba referi/
das y desde luego protestaban y
protestaron/ 
de proçeder en la dicha partixa por bertud
del 
compromisso y jurisdicción a ellos dada y
esto dixe/
ron daban por su respuesta a el dicho
Fernando Díaz
lo firmo de su nº tp los de arriba
Fernando Díaz de
billar ante my Andrés Martínez
escribano de nº primeramente:
Azesse pago a Bartolomé Fernández la
cortina questa de la ca
ssa en que bebía Domingo Fernández su
padre para la de 
Pº Díaz segunt esta en la calella. Queda a
de
FOLIO UNO REVERSO
ber ducado y medio a Alonso Fernandez desta partixa, mas sse le da al dicho
Bartolomé Fernández la mitad de la cortina
grande questa de la ca
ssa azia el Nordés por la parte de abajo a
dar en la mo
lleda según está marcada más sse le da la
presa,
descontada la leyra, de Pº Diaz conforme
corre del mar/
co, a la punta del eyro de Juº Pérez, mas
sse le da a Bartolomé Fdez 
un día de aradura en el eyro que está junto
al rregue
yro ssegunt esta en eredad de Pº Diaz de
la fonte a la 
de baxo y de la otra en eredad de marcos
Pérez, más 
sse le da la leyra conforme corre por
ssobre este día de aradu
ra y por ssobre el de Juan Pérez  y
por ssobre otro día de aradura que 
copo Alº Fernández a dar en el
¿camtarro? que ba dar al rregueyro ssegun 
queda marcado mas sse le da el eyro del carballo la me
tad del eyro del carballo por la parte de arriba
conforme 
queda marcado con el marco junto al
carballo debe/
le Alº Fernández desta partixa dicho
Rodrigo Alonso y Gonzalo Fernández; 
más sse le da la mitad de la veyga de Ssan Marfún ssegun
esta mar/
cada por la parte de baxo de longo a longo,
más sse le da 
en penatayada de heredades gracias al dicho
Bartolomé Fernández 
la mitad ssegún estan partidas por dos
cruzes que es
tán puestas en dos carballos escontra la
ssa de Pº Díaz; 
más sse le da la mitad de un día de
aradura na zerey
jeyra, que estos dos pedazos quedan por partir, que los an 
de partir tanto Bartolomé Fernández como
Alonso Fernández; 
más sse le dan la mitad de las bouzas conforme corren a dar no rre
más sse le dan la mitad de las bouzas conforme corren a dar no rre
gueyro  que biene de la funte de la espinera y a dar en el 
camino que biene de la expinera para el rregueyro 
de Godin ssegun que de la parte  de
arriba se parte a pena
das molledas la mitad por la parte de
abaxo de longo
alongo
por alongo del rregueyro ssegún esta mar
cado por dos marcos a dar en una
castaneyra 
que va no
rregueyro que biene de la
fonte da expine
yra mas mas sse le dan los pumares que
están junto 
al leyro que le cupo auado del de Juan
Pérez mas sse 
le da los pumares que están dientro de la
tierra y 
FOLIO DOS ANVERSO
le cupo dientro del marco con más los los
questan de la otra 
parte del rregueyro con más el pumar que an al questa en 
el eyro que le cupo y otro en el camino.
Itema pagasse Alonso Fernández
primeramente la cortina de la castañe
yra ssegun esta labrada
Item más sse reda la mitad de la cortina
grande que esta de 
la cassa azia el nordés e parte de longo a longo por la parte 
de arriba según esta marcada asta llegar
en el muro de la corte
y asta pegar en la ¿sse be?.
y asta pegar en la ¿sse be?.
Item mas sse le da el eyro questa de vaxo de la cortina grande 
según corre a la molleda por ssobre el leyro de Marcos Pérez a dar 
en la dicha cortina.
Item mas sse le da una leyra en el eyro del rregueyro ssegún co/
rre abajo del eyro de Marcos Pérez y da en
el camino que baja 
de Godin para el rregueyro y ba dar a eredad de Pedro Diaz 
ssegun está marcada;
ssegun está marcada;
Ytem más sse le da un día de aradura junto
al rregueryo ssegun 
corre por ssobre los pomares junto en
eredades.
mas sse le da la mitad del eyro del carballo a la parte de bajo 
ssegun esta marcado del marco que esta
junto al carballo bajo 
mas se le da la metad de la veyga de ssan marfun por 
la parte de avajo digo de arriba.
Item mas sse le da la mitad de los he(nos)
de da de las 
cauzes de los carballos y de la castañera
que esta avajo 
de los carballos asta boymoro a dar en el rrio y poner 
en la expinera y bajar a la beyga de Ssan Marfún.
Item mas sse le da la mitad de la parte
que tenía su padre en 
el candanal ssegun que la otra otra metad
cupo a Bme Fernandez 
mas sse le da la metad de un día de
aradura na Zereyxeyra 
y la otra mitad cupo a Bartolomé
Fernández.
Item más sse le dan la metad de las cousas segun llegan al ca
mino del rregueyro y ban dar al rregueyro da fonte 
daspinera por la parte de arriba según se parte por 
una castanaeyra
que esta no rregueyro da fonte daspiera.
FOLIO DOS REVERSO
y de la parte de arriba que da en unas molledas;
Más sse le dan os pumares que estan en
frontera de un 
día de arradura que le cupo en fronta de
heredad de Mar
cos descontra el camino que baja al rregueyro as
ta dar en un marco que por parte este dijo
era de aradura 
y otra tierra que cupo a Barolomé
Fernández y también sse le da con es
tos dichos pumares, un primer que esta
junto a este dicho marco 
cupo, más a Álº Fernández la metad de
la cassa de longo a longo por 
el corume azía el bendabal y el cabanon azia el benda
bal; 
Mas le cupo la mitad de la corte por la
parte de abajo y la 
otra mitad cupo a Bartolomé Fernández y al
dicho Alº Fernández de dar desta 
partixa al dicho Bartolomé Fernández
pendiente de completo
 pago a Bartolomé Fernández
dassele ansimismo a Bartolomé Fernández la
mitad de la cassa par
tida por el corume azia el nordes, con el
cabanon azia 
el nordes.
Mas sse le da la mitad de la cassa? de la
ssobre? que esta den
tro della pª arriba ssegun que para abajo
cupo a Alonso Fernández, 
mas que da por partir la parte del Castro
y parte de los brabos 
de Ssan Marfún que lo an de partir por el
medio tanto el uno como el otro.
Item mas que da por partir el eyro da fonte da expinera con 
Pº Diaz que la mitad del dicho eyro es del
dicho Pedro Díaz y la otra
mitad de los dichos Bartolomé Fernández y
Alonso Fernández.
Item cupo a Bartolomé Bernández el monte
de braña desta parte del rrio, una 
partida de el, ssegun queda marcada con
cruzes del rrio 
a dar mas cargo más gordas contra pena
ssegún q a la 
parte de arriba queda marcado por una cruz
que queda 
en un azebeyro 
mas le cupo al dicho Bartolomé Fernández
de aquella parte al rrio es
contra pena conforme a las cruzes que
quedan dro
unas de otras a dar en el rrio ssegun que
da una cruz 
sobre el campo del llestedo y por allí abajo a dar en el rrio.