Fecha: 1593-1612
Lugar: Valladolid
Concejo: Concejo de Tapia de Casariego
Archivo: Archivo de la Real Chancillería de Valladolid. Escribanía Pérez Alonso, caja 2958,1
Demanda que interpone D. Rodrigo Sánchez Pardo en nombre del Monasterio de San Juan de Coiras a Fernando Álvarez del lugar de Villamil ejercitando acción de restitución de bienes dados en foro por falta de pago de rentas:
TEXTO:
Rodrigo Sánchez Pardo en el nombre del Abbad Monxes y convento del monasterio de San Juan de Corias ante Vuestra Alteza, pongo ación y demanda a Fernando Álvarez vzº del lugar de Villamil y digo que dicho demandado tubo y tiene de muestro passeo … los bienes que tenían en la dicha Aldea y lugar de Villamil los quales está obligado a deuoluer y restituir por aver sido el dicho contrato nulo por falta de lesa lenidad, y por que quando alguno fuera contra la naturaleza y condiciones de lo enaxenado pierda los dichos bienes y (sea) caído en comiso- y aunque le sea pedido y requerido a que deje y restituya lo a que avido, no quiere hacer asentimiento. Por ende a Vuestra Alteza, pido y suplico que … reconpon verdadera la presente que es a fe de condenar, y condene a dicho demandado a que haya de entregar y restituir a nuestra persona los dichos bienes con los frutos que (h)an rentado y podido rentar desde que los tiene entrados y ocupados y rentaren y pudieren rentar (h)asta la real entrega y restitución y entero cumplimiento de juro la que e ydo a traer pido y suplico os … juro a dios en anima de mi persona no poner en esta demanda malicia. El conocimiento de esta causa pertenece a Vuestra Alteza. Por ser mi pre y plasmo …. a Vuestra Alteza pido y suplico que a auido el caso según proceda en derecho mande dar emplazamiento en forma contra los demandados.
Contestación de Fernando Álvarez Villaamil y en su nombre de Francisco Jiménez a la demanda interpuesta por el Monasterio de Corias
TEXTO:
Francisco Jiménez en nombre de Fernando Álvarez vecino de Vª Amil …. respondiendo a una demanda contra mi porderdante puesta por parte del Abad, Monjes y Convento del Monasterio de Corias por la qual pide que mi poderdante le restituya aquellos bienes que por el dicho monasterio se dice auer tenido en el lugar de Villaamil y averse dado a censo sin solemnidad y caído en comiso por enajenación cuyo tenor este pedido; digo que mi poderdante deve ser absuelto y dado por libre de la dicha demanda por lo general y porque la relación que en ella se hace no es cierta ni verdadera y la niego como en ella se contiene …., por que los bienes que mi poderdante tiene y posee en el dicho lugar de Villaamil son suyos propios y les pertenece por vía y título de mayorazgo y por otros justos y derechos títulos, … por que si dicho monasterio algunos bienes tiene en el dicho lugar, los vendería y vendió a los antecesores de nuestro poderdante y en la carta intevinó la solemnidad en derecho necesarias, y así se presume por el transcurso del tiempo por que dado el caso que el dicho monasterio hubiese dado a censo …. si los dichos bienes o algunos de ellos, serían estas con la solemnidad en derecho necesarias y niego que mi poderdante los aya vendido ni enajenado, ni que pueda ni que ayase caído en comiso, sino por que mi poderdante y sus antecesores han tenido y poseen de los dichos bienes, quieta, pacíficamente de más de sesenta años con título y buena fe pagando tan sólamente al dicho monasterio quatrocientos mrs. cada año con que quando los títulos no fueran bastante esta la dicha legítima prescripción. Por tanto a vuestra Alteza pido y suplico absuelva y de por libre a mi poderdante de la dicha demanda imponiendo a las partes contrarias perpetuo silencio sobre lo que pido y suplico y costa para el dicho demandante.