En el lugar de Gudín qº del Franco
a veinte y quatro días del mes de mayo
de mil seiscientos y ocho año de nº señor ante my escribano
comparesció Andrés Méndez y de Açevedo lgtmo. Vzno del
lugar de mercadeiros de este qº del Franco e dijo que
por quanto que El y María Méndez y su madre vendieron
a sancho Menéndez de Navia vecino de la villa de
Navia que está presente toda quanta parte e quinon voz
e derecho tenjan e lle daban y les pertenescia en la Aldea
de Carballar y sus términos y montes que es entre
Fresnedo y Arancedo según que la diera parte que
ansi vendieron la ternyan partida y marcada ve con la
parte de otros herederos con quien partieron
como consta de las partidas de ello depararon ante
Diego López del carrozeiro … y lo vendieron
por piezas y quantía de quinze ducados en reales
más o menos lo que fuese apreciado e fue dado por
dos hombres buenos nonbrados por anbas
partes como todo mas largo en la escritura
veendiera a venta se contiene que passo ante my
el dicho escribano y conforme a ella avían nombrado
por apreciado uve preciadores Domingo
Fernández de gudín y Alonso González de Meio que tanbien
están presentes los quales abiendo visto y con/
siderado la dicha hacienda y su calidad probeyo
y valor que tiene la abian podido apreçiar e
que apreciado en otros siete ducados lo qual
entrambas partes avían consentido y tenydo por
bueno, justo y verdadero precio y necesario siendo
lo ansentian y aportaban de nuevo y ansi en
cumplimjento de ello el dicho Sancho Méndez y le abia dado
e pagado al dicho Andrés Méndez los siete
ducados a cumplimiento de los dichos vecino y
confesaba tener ya del rrescevido por si y en nom
bre de la dicha su mujer y estar pagados y contendo
de lo rrealmente y con efecto por se los aber dado e pasado a su mano del dicho